Todasestas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses. (Art. 137 Constitución). La normativa básica reguladora de las Entidades que constituyen la Administración local está contenida en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de la Administración Local. (LRBRL) . Estructuraorgánica y funciones. La Administración de la Comunidad Autónoma se organiza en Departamentos, cada uno de los cuales comprenderá uno o varios sectores de la actividad administrativa. Corresponde al Presidente del Gobierno de Aragón la creación, modificación, agrupación y supresión de Departamentos, así como la ponsabilidadde la Administración Pública de la Comunidad Autónoma” y en el artículo 75.13.ª la competencia compartida en “Régimen estatutario de los funcionarios de la Comunidad Autónoma de Aragón y de su Administración Local y las especialidades del personal laboral Eltítulo VIII está dedicado al personal al servicio de las entidades locales, en ejercicio de la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de régimen estatutario de los funcionarios de la Administración Local aragonesa, en los términos del artículo 35.1.3.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, tras su reforma, aprobada por la Ley 12700 Ley 4/2021, de 29 de junio, de modificación de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón. En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón, promulgo esta Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial apruebael texto refundido de la Ley de Comarcalización de Aragón. Decreto 4 /2005, de 11 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se modifican los Decretos del Gobierno de Aragón de transferencia de funciones y traspaso de servicios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón a la Comarcas. 17ª El fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma. 18.ª Promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial. 19.ª Promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio. 20.ª Asistencia social. 21.ª Sanidad e higiene. ComunidadAutónoma de Aragón Referencia: BOE-A-2002-23926 Permalink ELI: de Comarcalización de Aragón, regula la comarca como entidad local y nuevo nivel de administración pública en que el citado artículo 75 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, remite a la Ley de Comarcalización de Aragón la 8 Administración Local. Especial referencia a la comarcalización de Aragón. Tema 8 La Administración Local de Aragón [01] Tema 8 La Administración Local de Funcionamientode los órganos colegiados locales; régimen de sesiones y acuerdos. Actas y certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del Presidente de la Corporación. Tema 15. Formas de la acción administrativa, con especial referencia a la Administración Local. La actividad de Fomento. La actividad de Policía: las licencias. IwZaVj.